Compañera/os afiliados y no afiliados,
les acercamos la segunda entrega de la hoja de SUTEBA EN ACCION para que
cuelguen en su cartelera gremial. La misma intenta ser un medio más de llegada
a la escuela para que podamos
apropiarnos de la información, distribuir la palabra , agilizar el canal de
comunicación y aportar a las relaciones intra e interinstitucionales como
trabajadores de la educación .
Les acercamos
copia del accionar de la Secretaría de Organización y Delegados en ocasión de habernos convocado
en Reconocimientos Médicos y Consejo Escolar para trasladar la profunda
preocupación por las múltiples denuncias que veníamos recibiendo respecto del
accionar del citado organismo de licencias médicas. Como respuesta a la gestión
la Pte. De Consejo Flosi y el Consejero La Vega consiguen que el DIRECTOR DE
CALIDAD LABORAL PROVINCIAL, DR.CLAUDIO MARCHIONI venga a Luján a entrevistarse con los gremios
, reunión que se llevó a cabo en SUTEBA. Los puntos sobresalientes a exigir y
que de hecho ya algunos se han puesto en marcha,los trasladamos a continuación.
FRATERNALMENTE los compañeros de Suteba Luján .
Condiciones del Servicio
El horario de atención contemplará la atención para los dos turnos
.Por ahora es de 8 a
13hs. Aún deben una hora .Turno vespertino y noche se puede justificar al día
siguiente.
Juntas Médicas
Se acordó que las Juntas médicas se
constituyan con un médico laboralista ,generalista y que en patologías
siquiátricas un especialista siquiatra.Pueden ser en Mercedes y La Plata.
Pautas acordadas
Por un día de licencia no es obligatorio
presentar certificado médico a la
prestataria.
Se exigió
médico a domicilio,logrando su visita mediante llamado a Consejo (437726 ó
423159) o a prestataria (434639).El horario de visita puede ser de 8 a 21hs.
El médico
tiene la facultad de diagnosticar y revisar,pudiendo modificar los días dados
por el médico personal como lo indica la ley de Contrato de Trabajo.
No se debe
cobrar el formulario.
Se relataron
casos y se entregaron denuncias por escrito sobre malos tratos por parte de
Medicina Laboral.
La prestación del servicio por parte de
las prestatarias médicas contratadas por la D.G.C. y E., debe realizarse bajo
la normativa vigente a tal efecto, y en caso de evidenciarse incumplimientos,
se deben llevar a delante las acciones necesarias para revertirlos.
Docentes y
auxiliares de las escuelas (personal enmarcado en las Leyes Provinciales 10.430
y 10.579) y sus familiares a cargo deben ser atendidos en digna y
eficientemente según las pautas fijadas en el “Pliego de Bases y Condiciones”
vigente.
Ante la
DENUNCIA de los/as cros/as sobre irregularidades en dicha atención, que debe
viabilizarse por Cjo. Escolar c/copia al S.U.T.E.B.A., o por el RELEVAMIENTO
EFECTUADO por la seccional, se articularán las acciones/estrategias a seguir
con conocimiento de los responsables del tema tanto en el distrito como a nivel
provincial.
El
conocimiento de la normativa/recomendaciones vigentes, debe convertirse en un
valioso instrumento para la detección de irregularidades, procurar su
corrección y prevenir peores situaciones.
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